Investigación fiscal

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Los tribunales de un Estado UE pueden controlar la legalidad de las solicitudes de información fiscal dirigidas por otro

El TJUE ha dictado una interesante sentencia en la que establece que dicho control se limita a verificar que la información solicitada no parezca carecer manifiestamente de toda pertinencia previsible respecto a la investigación fiscal de que se trate. Los Estados miembros no pueden emprender investigaciones aleatorias ni solicitar información que probablemente no sea pertinente para la situación fiscal del contribuyente de que se trate.

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